TESTIMONTO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 84/94 ------------------------------- ARTICULO 1.- Modifícase el primer párrafo de su Artículo 1º de la Ordenanza Nº ------------ 33/94, el que quedará con la siguiente redacción: "ARTICULO 1º.- Declárase de Utilidad Pública la Obra de Cordón y Pavimento en los siguientes sectores y calles:".----------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los trece días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.----